Congreso publicó ley que dispone que el grupo y factor sanguíneo debe aparecer en el DNI. Conoce los detalles y desde cuándo regirá esta importante medida.
Luego de un debate en el Congreso de la República en fecha 22 de enero, y con 109 votos a favor, se aprobó esta importante medida.
Esta norma fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, estableciendo la ampliación de la información personal consignada en el DNI. Esta norma modifica el artículo 32 de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
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Es así que, se publicó esta importante ley, la misma que dispone la consignación del grupo y factor sanguíneo en este documento.
Aplicación de esta normativa
Esta importante normativa comenzará a ser aplicada en los recién nacidos, de quienes se consignarán los datos de sangre en el certificado de nacido.
Por otro lado, se estableció que RENIEC deberá incluir esta información antes consignada en el acta de nacimiento. La finalidad de esto es que luego de ello, pueda figurar en el Documento Nacional de Identidad de cada menor.
En el caso de los mayores de 18 años, la decisión de dar a conocer el grupo sanguíneo al que pertenecen en el Documento Nacional de Identidad será voluntario.
Para el cumplimiento de esta normativa se dará un plazo de 6 meses en los que podrá implementarse esta norma. Esto se realizará de forma gradual y progresiva.
Para la consignación de esta información en el DNI, se realizarán una serie de campañas de detección del grupo sanguíneo. Estas estarán organizadas por EsSalud, algunos ministerios y los gobiernos locales.
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