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Caso Manta: dos víctimas murieron sin que la Corte Suprema confirme histórica condena contra militares

Fecha de publicación

La histórica sentencia emitida el 19 de junio de 2024 marcó un precedente en el Perú y Sudamérica al reconocer que las violaciones sexuales cometidas contra mujeres de las comunidades de Manta y Vilca, entre 1984 y 1985, durante el conflicto armado interno, constituyeron crímenes de lesa humanidad. El fallo condenó a diez militares y estableció que los abusos no fueron hechos aislados, sino parte de un ataque sistemático contra la población civil.

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Pero dos años después, ese fallo todavía no adquiere firmeza.

La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema mantiene pendientes los recursos de nulidad presentados por los militares condenados y el Ministerio de Defensa, que buscan anular la sentencia, como por la Fiscalía y las víctimas, que consideran insuficientes las penas de entre seis y doce años de prisión y la reparación civil fijada por el tribunal.

Dos víctimas murieron esperando justicia

La demora ya tiene consecuencias irreparables.

«Dos mujeres han fallecido sin conocer una decisión definitiva. Las sobrevivientes hoy son mujeres adultas mayores que llevan más de cuarenta años esperando justicia», señaló Cynthia Silva Ticllacuri, abogada de las agraviadas en diálogo con Huanca York Times.

La primera audiencia para resolver los recursos de nulidad se suspendió el mismo día en que debía realizarse, en julio de 2024. La segunda, prevista para noviembre de 2025, volvió a postergarse porque el expediente aún no contaba con todas las actas del juicio oral transcritas.

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Según Silva, la defensa de las víctimas tuvo que impulsar el proceso de transcripción para que el expediente pudiera regresar a la Corte Suprema.

«Esta demora afecta el derecho de las víctimas a obtener justicia en un plazo razonable. Han pasado más de cuarenta años desde los hechos y dos desde la sentencia», afirmó.

Una sentencia que marcó un precedente

Además de imponer condenas, la resolución de la Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria estableció que las violaciones sexuales perpetradas en Manta ocurrieron entre 1984 y 1985, en un contexto de control militar sobre la población durante el conflicto armado interno, y calificó esos hechos como crímenes de lesa humanidad conforme al derecho internacional.

La sentencia reconstruye el contexto histórico de la violencia en Manta y Vilca, analiza el patrón de agresiones sexuales contra mujeres campesinas y quechuahablantes y sostiene que esos delitos formaron parte de un ataque sistemático contra la población civil.

Ese razonamiento convirtió al caso Manta en uno de los principales precedentes judiciales del país sobre violencia sexual durante el conflicto armado interno.

Las nuevas leyes

La defensa de las víctimas advierte que la demora de la Corte Suprema coincide con un escenario político distinto al existente cuando se dictó la sentencia en primera instancia.

Durante este periodo, el Congreso aprobó la ley de amnistía para militares y policías procesados por hechos ocurridos durante el conflicto armado interno, una reforma que amplía la competencia del fuero militar y la prescripción de delitos de lesa humanidad.

Silva sostiene que estas normas no deberían aplicarse al caso Manta porque los crímenes de lesa humanidad no pueden quedar sujetos a amnistías ni prescripciones conforme a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano.

«Ningún mecanismo interno puede utilizarse para eludir los deberes internacionales de justicia, reparación y memoria histórica», sostuvo.

La abogada alertó además que, de entrar plenamente en vigencia la competencia de la justicia militar para delitos de función de policías y militares, las defensas de los sentenciados podrían intentar promover una contienda de competencia para trasladar procesos como el caso Manta a esa jurisdicción.

«Eso abriría un grave riesgo de impunidad», advirtió.

Ministerio de Defensa nunca colaboró 

Silva también cuestionó la actuación del Ministerio de Defensa durante la investigación judicial.

Según indicó, dicho ministerio nunca entregó a la Fiscalía y al Poder Judicial la información requerida para identificar a los militares destacados en las bases de Manta durante los años investigados (1984, 1985) y, en cambio, emitió constancias que fueron utilizadas por algunos exmilitares en su defensa.

Lea la nota original aquí o visita el medio HYTIMES.PE

 

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