El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó la queja del alcalde de Trujillo, César Arturo Fernández Bazán, quien impugnaba la sesión extraordinaria de regidores que respaldó su suspensión. Como se recuerda, la comuna, el 20 de noviembre, votó unánimemente por apartarlo debido a una sentencia por delito doloso.
En su defensa, Fernández solicitó ignorar la sesión aduciendo autoconvocatoria, alegando que ya la había pospuesto. El JNE desestimó esto, indicando que la convocatoria provenía del propio alcalde de Trujillo, eliminando la supuesta autoconvocatoria.
Además, el JNE recordó que la Ley Orgánica de Municipalidades estipula condiciones para postergar sesiones. El alcalde incumplió al no solicitarlo con dos tercios de regidores y no observar el plazo de 3 a 5 días hábiles.
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Respecto a la no notificación de la decisión a una adherente, el JNE afirmó que la autoridad administrativa debía hacerlo en los cinco días posteriores a la sesión. La responsabilidad no recae en los solicitantes de suspensión.
El JNE emitió una exhortación al alcalde de Trujillo, Arturo Fernández para cumplir con las normas en el futuro. Instó a seguir la Ley Orgánica de Municipalidades y la normativa vigente aplicable a procedimientos de suspensión.
Ahora, el JNE decidirá si ratifica la suspensión del alcalde y le retira temporalmente las credenciales. En caso afirmativo, Mario Reyna, primer regidor, asumirá como nueva autoridad edil de Trujillo.
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