CHS Alternativo expresa su profunda preocupación por la vulneración de los derechos de una niña de 11 años que fue violada sexualmente por su padrastro, desde que tenía 6 años, y que ahora tiene 19 semanas de gestación.
El Estado peruano, a través del Poder Judicial ha negado el procedimiento de aborto terapéutico, pese a que queda escaso tiempo para que se cumplan las 22 semanas que establece la ley como plazo límite para acceder al procedimiento.
Ante ello, CHS Alternativo manifestó que:
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- En el Perú cada día 4 niñas entre 10 y 14 años se convierten en madres, 2 de cada 3 viven en zonas rurales y 9 de cada 10 se encuentran en situación de pobreza.
- Estos embarazos se producen en el marco de la vulnerabilidad, la desigualdad y, con frecuencia, del abuso sexual.
- El embarazo de Mila es el de cientos de niñas en nuestro país: un embarazo forzado producto de la violencia sexual y que indefectiblemente impacta en su salud mental.
CHS Alternativo ha acompañado a la familia de la menor y ha sido testigo de las difíciles circunstancias que la rodean. La niña no ha tenido la oportunidad de asistir a la escuela, no sabe leer ni escribir, y además del trauma producto de los abusos reiterados, ha crecido en una familia en la que su madre también ha sido víctima de violencia.
En el Perú, el marco normativo nacional no tiene una regulación específica en estos casos. Sin embargo, se cuenta con la Guía de Aborto Terapéutico que, aunque no indica explícitamente que una violación sexual o el ser menor de edad son causales para la interrupción del embarazo, deja abierto el camino para proteger los derechos fundamentales y la salud integral de quienes han sido violentadas y no están en condiciones de continuar con una gestación no deseada.
Los sistemas internacionales de protección de Derechos Humanos se han pronunciado al respecto. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 12, señala que los Estados deben proteger el derecho a la salud tanto física como mental
Además, la Convención de los Derechos del Niño, en su artículo 19, establece que los Estados adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño y la niña contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.
Precisamente, el Comité para los Derechos del Niño, a través del caso Camila –un caso similar de embarazo adolescente por violencia sexual (Comunicación Nº 136/2021)– ha establecido expresamente que el Estado peruano debe, entre otras acciones, adoptar las siguientes medidas:
a) Despenalizar el aborto en todos los supuestos de embarazo infantil;
b) Modificar la normativa reguladora del acceso al aborto terapéutico; entre otros. Específicamente, sobre el caso de Mila, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh), el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (Onusida), ONU Mujeres, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (Unfpa) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), a través de un comunicado de fecha 08 de agosto, han expresado su profunda preocupación por el caso, solicitando al Estado que le asegure el acceso a servicios de salud física, el acompañamiento en salud mental, y la restitución de sus derechos.
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