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Vladimir Cerrón busca archivo de investigación por lavado de activos, alegando que ya fue absuelto

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En una audiencia virtual celebrada este lunes, la defensa legal del prófugo líder de Perú Libre, Vladimir Roy Cerrón Rojas, solicitó al Poder Judicial el archivo de la investigación en su contra por lavado de activos y organización criminal, basándose en el principio de cosa juzgada. El juez Leodán Cristóbal Ayala escuchó los argumentos de las partes y tomará una decisión en los próximos días.

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El núcleo del debate se centra en que si la investigación actual por lavado de activos, que abarca el periodo 2008-2021, puede juzgar hechos ocurridos entre 2011 y 2014 por los que Cerrón ya fue investigado y sobreseído en un caso anterior.

Este caso archivado se refiere a una presunta recepción de 15 millones de dólares de la minera Chinalco para favorecer el reasentamiento de los pobladores de la antigua Morococha en la Nueva Morococha, en la zona de Carhuacoto, y permitir la extracción de cobre en el proyecto Toromocho. Fue sobreseído en octubre de 2022 y ratificado en abril de 2025, por la Corte Superior de Justicia de Junín.

La defensa de Cerrón sostuvo que el exgobernador de Junín, quien permanece casi dos años en la clandestinidad, no puede ser investigado dos veces por el mismo delito (lavado de activos) por el periodo 2011-2014.

Argumentó que la Sexta Fiscalía Penal Corporativa de Huancayo ya investigó a Cerrón por lavado de activos en ese periodo y, tras una pericia contable que no halló desbalance patrimonial, solicitó un sobreseimiento, el cual fue concedido y confirmado en segunda instancia por la Primera Sala Penal de Apelación de Huancayo.

Asimismo, dijo que su pedido de excepción de cosa juzgada cumple con la «triple identidad»: la misma persona (Cerrón), el mismo delito (lavado de activos) y el mismo periodo (2011-2014). Su pedido, añadió, no busca archivar toda la investigación, sino solo el lapso ya juzgado.

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Fiscalía: Se investigan hechos distintos

El Ministerio Público, por su parte, se opuso a la excepción y sostuvo que los hechos de la investigación actual son completamente distintos a los del caso archivado en Huancayo.

Hechos Distintos: La Fiscalía sostiene que el caso sobreseído en Huancayo se centraba en un hecho específico: una presunta transferencia de 15 millones de dólares de la minera Chinalco a testaferros. En cambio, la investigación actual en Lima (Caso 43-2021) abarca operaciones diversas no contempladas antes, como la emisión de un cheque de gerencia por S/ 376,000 (2020), la compra de un local partidario de Perú Libre por $200,000 (2019) y el abono de S/ 879,000 a sus cuentas, entre otros.

Organización Criminal: El fiscal Subrayó que la investigación actual versa sobre una presunta organización criminal dedicada al lavado de activos, un delito que afecta la seguridad del Estado, el sistema democrático y la administración de justicia, bienes jurídicos que no fueron considerados en la investigación anterior.

«Hemos podido determinar que los hechos investigados en ambos procesos son distintos, por consiguiente, solicitamos que se declare infundado el pedido de la defensa», concluyó el fiscal.

Procuraduría: La cosa juzgada no puede ser parcial

La Procuraduría Pública, representante del Estado, se alineó con la Fiscalía y añadió un argumento legal clave.

Señaló que la cosa juzgada no es parcial: Sostuvo que la excepción de cosa juzgada no puede ser aplicada de forma parcial a un segmento de tiempo dentro de una investigación mayor y recordó que este recurso está diseñado para archivar un proceso completo, no para cortar periodos de una investigación compleja.

Asimismo, señaló que la pericia favorable de Huancayo podría ser utilizada por la defensa como prueba de descargo en un eventual juicio oral, pero no es base suficiente para paralizar toda la investigación para esos años.

El juez Leodán Cristóbal Ayala solicitó a la defensa de Cerrón que presente en un plazo de 3 días la disposición fiscal que archivó la investigación contra Cerrón en Huancayo, a fin de comparar formalmente los hechos. Luego, el magistrado emitirá su fallo, el cual será notificado a las partes.

Lea la nota original aquí o visita el medio HYTIMES.PE

 

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