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El mecanismo de López Aliaga también en Junín: dos alcaldes van por la reelección encubierta

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La Constitución Política del Perú es categórica. Desde la reforma constitucional aprobada en 2015, el artículo 194 establece que «no hay reelección inmediata para los alcaldes», por lo que una autoridad municipal debe esperar a que pase al menos un período antes de postular al mismo cargo.

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Sin embargo, dos alcaldes de Junín recurrieron a un mecanismo que les permitiría volver a competir por sus municipios sin inscribirse inicialmente como candidatos a alcalde.

Se trata de Benito Stany Aguilar Rojas, alcalde de San Jerónimo de Tunán, y Artemio Lapa Pérez, alcalde de Vizcatán del Ene, quienes fueron inscritos como candidatos a primeros regidores en las listas de sus respectivas organizaciones políticas, mientras otras personas encabezaban las candidaturas a la alcaldía.

La maniobra

La estrategia siguió el mismo patrón en ambos distritos. Primero, las organizaciones políticas inscribieron sus listas con un candidato distinto para la alcaldía y con el alcalde en funciones como primer regidor.

Después, una vez admitidas las listas por los Jurados Electorales Especiales (JEE), los candidatos a alcalde presentaron su renuncia voluntaria e irrevocable, dejando a los candidatos a primer regidor con las posibilidades de regresar al cargo de alcalde. 

En San Jerónimo de Tunán, la lista de Batalla Perú fue admitida con Edmundo Flavio Veliz Sánchez como candidato a alcalde y Benito Stany Aguilar Rojas como primer regidor. Posteriormente, Veliz Sánchez renunció y el JEE de Huancayo aceptó esa dimisión.

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En Vizcatán del Ene ocurrió una secuencia similar. Moisés Lapa Pérez renunció a la candidatura a la alcaldía y el JEE de Chanchamayo aceptó esa renuncia, manteniendo vigente la inscripción de la lista de Somos Perú donde el alcalde Artemio Lapa Pérez figura como primer regidor.

En caso de que sus listas ganaran las elecciones, entonces asumirían la alcaldía, incumpliendo la Constitución que impide la reelección

Lo que dice la Constitución

La prohibición de reelección inmediata fue incorporada mediante la Ley de Reforma Constitucional N.° 30305, que modificó el artículo 194 de la Constitución para impedir que un alcalde permanezca de manera consecutiva en el cargo.

El texto constitucional señala expresamente:

«Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro (4) años. No hay reelección inmediata para los alcaldes. Transcurrido otro período, como mínimo, pueden volver a postular, sujetos a las mismas condiciones», indica el tercer párrafo del artículo 194 de la Constitución Política modificada.

Aunque los alcaldes no se inscribieron inicialmente como candidatos al mismo cargo, la renuncia de quienes encabezaban las listas abre la posibilidad de que vuelvan a disputar la alcaldía, puesto que al postular como primeros regidores encabezan las listas y de ganar, pueden asumir el cargo de alcalde en reemplazo de su candidato renunciante.

Un fenómeno nacional

El caso de Junín no es aislado.

El colectivo Aklla, en su informe ¿Reelección encubierta? Elecciones Regionales y Municipales 2026: identificó 51 casos con este mismo mecanismo en distintas regiones del país. De ellos, 25 candidaturas ya tienen renuncias aceptadas por los Jurados Electorales Especiales y 26 estaban pendientes al momento del estudio. Junín aparece con dos casos: San Jerónimo de Tunán y Vizcatán del Ene.

Entre los expedientes incluidos en el informe figura el del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, cuyo caso puso este mecanismo en el centro del debate nacional.

¿Vacío legal o fraude?

Los casos revisados en Junín muestran que el procedimiento seguido en ambos distritos cumple una misma secuencia: el alcalde en funciones se inscribe como primer regidor, otra persona encabeza la lista para la alcaldía y, posteriormente, ese candidato renuncia con la aceptación del Jurado Electoral Especial.

En tanto, el presidente del JNE, Roberto Burneo, sostiene que el organismo solo aplica la legislación vigente y que cualquier cambio corresponde al Congreso.

Lea la nota original aquí o visita el medio HYTIMES.PE

 

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