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Huancayo: excarcelan a médico sentenciado por corrupción gracias a ley de Dina Boluarte que beneficia a reos

Fecha de publicación

El médico Juan Carlos Rojas Calderón, quien se encontraba recluido en el penal de Huamancaca, cumpliendo una pena de seis años de prisión por el delito de cohecho pasivo impropio (soborno), fue liberado por los jueces de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Junín, al aplicarle un decreto que permite la libertad de reos condenados a menos de diez años de sentencia.

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En noviembre de 2018, el oftalmólogo Rojas Calderón fue sentenciado a seis años de prisión efectiva por cobrar S/ 800 por insumos médicos y operar a un paciente del hospital Carrión de Huancayo, donde el galeno trabajaba y se encontraba de turno.

Ese hecho, ocurrido el 15 de abril de 2015, fue calificado por el Juzgado Penal Unipersonal de la Corte de Junín, como delito contra la administración pública, en la modalidad de cohecho pasivo impropio, es decir, cobrar un soborno para realizar acciones propias de su función. Tras permanecer fugitivo de la justicia, Rojas fue detenido en agosto de 2021 y recluido en el penal.

Pero, el 2 de abril de 2024, el mismo Juzgado Penal Unipersonal decide convertir la pena de seis años a cinco, en aplicación del Decreto Legislativo 1585, dado en el gobierno de Dina Boluarte, que beneficia a reos condenados a menos de 10 años, y que les facilita dejar las cárceles.

Sin embargo, el Juzgado mantuvo la efectividad de la pena. El galeno apeló y la Sala de Apelaciones le dio la razón: reformó la sentencia de cinco años efectiva a suspendida, en aplicación de dicho Decreto. Y le liberó, imponiéndole las reglas de no ausentarse del lugar de su residencia sin autorización judicial, registrar su control biométrico cada mes y cumplir con el pago de reparación civil de S/ 20 mil soles en seis meses.

Para la sala, en el caso del médico oftalmólogo Juan Carlos Rojas Calderón, «existe prognosis favorable que no cometerá nuevo delito», y que «no es un sujeto reincidente o habitual».

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Lea la nota original aquí o visita el medio HYTIMES.PE

 

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