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Poder Judicial declara inocentes a once comuneros denunciados por minera MMG Las Bambas

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La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac revocó la sentencia condenatoria emitida en primera instancia contra once comuneros de Apurímac, entre ellos la lideresa social Virginia Pinares Ochoa, para quienes se había dispuesto la pena de cárcel por ocho o nueve años, a partir de una denuncia presentada por la minera MMG Las Bambas.

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Los once dirigentes absueltos en segunda instancia son: Virginia Pinares Ochoa, Rodolfo Abarca Quispe, Ronal Andrés Bello Abarca, Juan Pablo Cconislla Gallegos, Jacinto Lima Lucas, Alem Torre Garcés, Maximiliano Huachaca Mamani, Walter Moreano Andrada, Romualdo Ochoa Aysa, Lizbeth Abarca Peña y Cosme Bolívar Escudero.

Protestas del 2015

El proceso judicial surgió a partir de las protestas sociales de setiembre del año 2015, en rechazo al megaproyecto minero Las Bambas. La medida de fuerza fue por la falta de la consulta previa, libre e informada. Asimismo, los manifestantes expresaron su malestar por los impactos ambientales y territoriales del proyecto. Uno de los aspectos cruciales que motivó la movilización fue la cuestionada modificación del estudio de impacto ambiental.

Los dirigentes fueron sentenciados por autoría mediata, por los supuestos delitos de disturbios, entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos y daños agravados, en agravio del Estado y la minera MMG Las Bambas. Si bien la fiscalía documentó los bloqueos de vías y agresiones contra el personal policial, según la defensa de los dirigentes, nunca se logró identificar a los autores directos de los hechos.

Ya durante el proceso judicial, el Ministerio Público y la Procuraduría Especializada en Delitos contra el Orden Público optaron por cambiar la modalidad de “autoría mediata” por “coautores no ejecutivos”. Es decir, no había plena convicción respecto de la supuesta autoría mediata. Pero el Poder Judicial dictó sentencia en esa línea, en primera instancia. El caso fue revertido esta tarde por la Sala Penal de Apelaciones de Apurímac. 

Importante precedente

David Velazco Rondón, abogado de la organización civil FEDEPAZ y quien además estuvo a cargo de la defensa de los dirigentes denunciados, comentó que “esta sentencia crea un importantísimo precedente, en el sentido de que no se puede atribuir una acusación sin precisar qué conducta penal asumieron los acusados y no se puede avanzar a un juicio sin que existan siquiera pruebas referenciales de la responsabilidad penal, menos si se trata de un proceso contra quienes ejercen su derecho a la protesta social pacífica”.

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